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La Superintendencia de Sociedades Cambió su Postura Frente a los Criptoactivos

Los criptoactivos revolucionaron el esquema del comercio tradicional y representan una innovación disruptiva para los agentes económicos. Frente a este fenómeno, la Superintendencia de Sociedades, siguiendo la doctrina del Banco de la República, siempre había insistido en la imposibilidad de realizar operaciones mercantiles con ellos.

Anteriormente, en agosto de 2020 la autoridad administrativa se había pronunciado en contra de considerar legales los aportes a capital en criptoactivos de las sociedades. Los argumentos comprendían la circulación forzosa y el peso como único medio de pago.

Sin embargo, esto cambió. A través de un concepto de diciembre de 2020, la Superintendencia de Sociedades dictaminó la posibilidad de realizar aportes en especie de criptoactivos al capital de las sociedades. Lo anterior, teniendo en cuenta que la legislación comercial permite realizar aportes en bienes diferentes al dinero.

Por lo tanto, los criptoactivos ahora podrán ser susceptibles de aportarse al capital de las sociedades. Siempre y cuando estos se entiendan como bienes que poseen un valor económico que conste en un avalúo aprobado por los socios, accionistas o por la junta directiva.

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